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Mipres

MIPRES

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¿Qué es MIPRES?

La sigla que traduce “Mi prescripción” Según SISPRO Sistema Integral de Información de la Protección Social, MIPRES es una herramienta tecnológica que permite a los profesionales de salud reportar la prescripción de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC o servicios complementarios.

Esta herramienta desde el 2016 empieza a renovar los procesos concernientes a tecnologías no cubiertas por el plan de beneficios en salud, removiendo el proceso del acta de CTC o comité técnico científico, las formulas medicas tradicionales y la forma de reportar dichas tecnologías para EPS (entidades promotoras de salud), IPS (Instituciones es prestadoras de servicios), EOC (Empresas obligadas a compensar obligadas a compensar) entre otros actores, tanto del régimen contributivo, como del régimen subsidiado paulatinamente.

Normatividad MIPRES

2016

El 15 de abril del 2016 se publica la resolución 1328 Por la cual se establece el procedimiento de acceso, reporte de prescripción, garantía del suministro, verificación, control, pago y análisis de la información de servicios y tecnologías en salud no cubiertas por el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC y se dictan otras disposiciones.

El 27 de mayo del 2016, la Resolución 2158 modifica la 1328 de 2016 en relación con su transitoriedad, vigencia y derogatoria.

El 31 de agosto del 2016 se publica la Resolución 3951, derogando las anteriores 1328 y 2158, establecerá el procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro, verificación, control, pago y análisis de la información de servicios y tecnologías en salud no cubiertas por el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC y se dictan otras disposiciones

El 30 de noviembre del 2016 se publica la Resolución   5884, que modifica los artículos 38, 93 Y 94 de la Resolución 3951 de 2016.

2017

El 28 de febrero del 2017 se publica la Resolución 0532, Por la cual se modifica la Resolución 3951 de 2016 y se dictan disposiciones como obligaciones de los actores en MIPRES

El 23 de marzo del 2017 se publica la Nota externa 201733200074543 que aclara aspectos del buen uso del MIPRES y da directrices para los distintos actores involucrados.

2018

El 10 de mayo del 2018 se publica la Resolución 1885, Por la cual se establece el procedimiento de acceso. reporte de prescripción. suministro. verificación, control, pago y análisis de la información de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC, de servicios complementarios y se dictan otras disposiciones y deroga las anteriores, derogando las anteriores 3951, 5884 y los artículos 5 y 6 de la 5928 de 2016 y 532 de 2017.

El 12 de junio del 2018 se publica la Resolución 2438, por la cual se establece el procedimiento y requisitos de acceso, reporte de prescripción y suministro de tecnologías en salud no financiados con recursos de la UPC del régimen subsidiado

El 28 de diciembre del 2018 se publica la resolución 5871, que modifica el plazo de activación en el aplicativo MIPRES para las entidades del régimen subsidiado

2019

El 29 de mayo del 2019 se publica la Resolución 1343, modifica el art 12 de la res 1885 y 2438 del 2018 para la prescripción de soportes nutricionales cuando se trata de menores de (5) años de edad.

¿Para qué sirve la herramienta tecnológica MIPRES?

Tiene las siguientes funcionalidades:

  • A los profesionales de la salud dicha herramienta les sirve para prescribir y reportar servicios o tecnologías en salud no cubiertas por el plan de beneficios con cargo a la unidad de pago por capitación (PBSUPC).
  • A las EPS y EOC para transcribir las contingencias y generar las solicitudes en virtud de un fallo de tutela.
  • A las IPS para consultar las prescripciones realizadas por sus profesionales de la salud.
  • A las EPS y EOC para consultar las prescripciones realizadas a sus afiliados.
  • A la ADRES para tener información oportuna que permita realizar los análisis a los que haya lugar, así como la verificación, control y pago en el proceso de recobro/cobro.

¿Quiénes pueden prescribir a través de la herramienta tecnológica MIPRES?

Los profesionales de salud que se encuentren debidamente inscritos en ReTHUS, que estén facultados por las disposiciones legales y normativas relacionadas con la formulación y prescripción, y además quienes estén debidamente habilitados en la herramienta tecnológica MIPRES, actualmente la prescripción solo la pueden realizar profesionales en medicina, odontología y optometría.

Así mismo, los profesionales en nutrición y dietética pueden acceder a la herramienta tecnológica MIPRES a través del rol de ordenador, para realizar la ordenación de los productos de soporte nutricional.

¿Cuál es el ámbito de aplicación frente a la herramienta tecnológica MIPRES?

Aplica para todos los agentes y actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud –SGSSS.


✓ Las EPS o EOC4garanticen el suministro efectivo y realicen las funciones como parte del mecanismo de protección individual.

✓ Las IPS realicen o suministren las tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC o servicios complementarios prescritos u ordenados por el profesional de la salud en sus roles habilitados

✓ Los profesionales de la salud inscritos en ReTHUS.

✓ Proveedores de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC, servicios complementarios u ordenados por fallos de tutela.

✓ La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) para la verificación, control, pago y análisis de la información del recobro/cobro.

✓ Superintendencia Nacional de Salud y demás autoridades de inspección, vigilancia y control.

✓ Ministerio de Salud y Protección Social, para el proceso de actualización, modificación y ajuste de la herramienta tecnológica, así como, la disponibilidad y accesibilidad a través de SISPRO.

¿El formato impreso y diligenciado en la herramienta tecnológica MIPRES es equivalente a la fórmula u orden médica?

Sí. El profesional de salud en su rol de prescriptor u ordenador (específico para productos de soporte nutricional) diligenciará la formulación en la herramienta tecnológica MIPRES de las tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC o servicios complementarios y al terminar dicha elaboración realizará la impresión del formato con el cumplimiento de los requisitos vigentes, incluida la firma autógrafa.

¿Quienes definen lineamientos de MIPRES?

El 26 de marzo del 2019 el Ministerio de salud y Protección Social crea el comité de coordinación MIPRES por medio de la resolución 747 del 2019, esto con el fin de que sea este quien se encargue de realizar análisis técnicos y operativos con los cuales se desarrolle y actualice la herramienta tecnología MIPRES  


Descargue ABECÉ MIPRES https://xhygnusnews.com/abece-ctc-reporte-prescripcion/



Fuente SISPRO Sistema integrado de información de protección social
Canal Ministerio de salud y protección social

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